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Convenio Colectivo provincial de Cámaras, Colegios, Asociaciones, Sociedades y entidades análogas

Publico este convenio porque me lo han pedido. No obstante, quería hacer una advertencia. Este convenio no es aplicable a las ONG. Las asociaciones a que se puede aplicar son las asociaciones profesionales, que fueron las predecesoras de muchos colegios profesionales.

Sobre esto ya hay jurisprudencia pacífica del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. A las ONG no se les puede aplicar, por la sencilla razón  de que no lo negociaron

Convenio Cololectivo  Colegios Profesionales de la provincia de Badajoz

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3 comentarios

  1. Dices que existe jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que establece la no aplicación de este Convenio Colectivo a las ONG. ¿Puedes decirme cual o cuales son esas sentencias?

  2. Nueva jurisprudencia.
    Hay dos líneas diferentes. La anterior que decía que el convenio era inaplicable porque las ONG,S no lo habían negociado. El argumento es aplastante. Y la nueva, que no entra en esto y dice que se aplicará con independencia de si la ONG tiene o no ánimo de lucro, porque nadas de esto se dice en el convenio.
    Me parece más convincente la jurisprudencia anterior. Ya veremos

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