Regula las relaciones de trabajo en las oficinas y despachos, actividades de Cámaras, Colegios, Asociaciones, sociedades, fundaciones y demás entidades
análogas a las asociaciones, así como todas las empresas de grabación de datos y centrosde proceso de datos en aquellas actividades con regulación laboral específica que no
comprenda a los profesionales incluidos en esta normativa.
Estarán excluidos de este Convenio aquellos subsectores y empresas que tengan Convenio propio
Sucesor del antiguo Convenio Colectivo de Colegios profesionales, que tenéis también en la web