sentencia n.º 245/2017, de 8 de junio, del Juzgado de lo Social n.º 3 de Badajoz, por la que se declara la nulidad del párrafo primero del artículo 15

Resolución de 27 de junio de 2017, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación de la sentencia n.º 245/2017, de 8 de junio, del Juzgado de lo Social n.º 3 de Badajoz, por la que se declara la nulidad del párrafo primero del artículo 15 del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de Badajoz. Consultar esta disposición en formato PDF

 

Sentencia n.º 245/2017, de 8 de junio, del Juzgado de lo Social n.º 3 de Badajoz, por la que se declara la nulidad del párrafo primero del artículo 15 del Convenio

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio