Sentencia del Juzgado de lo Social numero dos de Badajoz por la que se estima íntegramente la demanda formulada por los sindicatos Unión General de Trabajadores y Comisiones Obreras contra ASPREMETAL, y se declara ajustadas a Derecho las tablas salariales y demás conceptos retributivos correspondientes al año 2008, establecidos en el Convenio Colectivo de Metal para la Provincia de Badajoz, y su revisión salarial para 2007-2008; que los anteriores salarios se incrementarán en un 3% para el año 2009, con efectos de 1 de enero de 2009, y que sean revisados en el supuesto de que el IPC del año 2009 más un 1,25 sea superior al citado 3%; que las empresas del sector del comercio del metal de la provincia de Badajoz no tienen derecho a reclamar a sus trabajadores cantidad alguna de las retribuciones del año 2008, por la interpretación que del citado artículo 11 realiza la patronal, con abono a los trabajadores de las ya percibidas o descontadas